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Administración Alvarado Quesada busca “salvar” Fanal restándole sometimiento a leyes

by Óscar Ugarte

Según el Poder Ejecutivo, la Fábrica debe ser una sociedad anónima, con el Estado siendo el dueño del 100% del capital, para atacar las deudas que arrastra la empresa

El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley para transformar la Fábrica Nacional de Licores (Fanal) en una sociedad anónima, con capital 100% estatal.

Según Presidencia, Fanal no debería ser considerada como empresa pública, ya que, consideran, es formalmente una sociedad como cualquier otra constituida al amparo del Código de Comercio.

“Es momento de cambiar su gobernanza y darle herramientas para que pueda ser productiva y que pueda crecer y generar aún más aportes a la sociedad, por ello esta propuesta es una invitación a la Asamblea Legislativa para que realice un análisis técnico de este tema”, aseguró la ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte.

La propuesta permitiría que la FANAL pueda exportar sus productos y garantizar una oportuna fiscalización, además se establece que la Contraloría General de la República revisará al menos una vez al año, o cuando considere oportuno, todos los actos y la gestión de la empresa.

Además, el proyecto establece que la empresa no estará sujeta a la Ley de Planificación Nacional, a la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Estatuto del Servicio Civil, Ley para el Equilibrio Financiero del Sector Público, así como algunas secciones de la Ley General de la Administración Pública y de la Ley de Fortalecimiento de las finanzas públicas.

Fanal también dejaría de estar sujeta al control de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, aunque se mantendría obligadamente la función fiscalizadora ejercida por la Contraloría General de la República (CGR) .

Según datos de Hacienda, al año 2020 Fanal adeudaba 63 mil millones de colones en impuestos atrasados, intereses y multas, debido principalmente a una diferencia de criterios en la interpretación de las normas aplicables al pago de tributos, referidos a la fórmula de cálculo del impuesto que debe pagar la FANAL por cada litro de guaro Cacique vendido.

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