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CCSS prorroga medidas de flexibilización de acuerdos de pago con patronos y trabajadores independientes

by Lorena Bogantes

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) acordó prorrogar hasta el 30 de junio del 2023 las ocho medidas transitorias que flexibilizan las condiciones de los acuerdos de pago por deudas de patronos y trabajadores independientes.

Medidas que se implementaron desde julio del 2019 y es la quinta prórroga que otorga la Junta Directiva, y esta medida entró a regir el 25 de marzo.

El gerente financiero de la CCSS, Gustavo Picado, destacó esta posibilidad para ayudar a los patronos y trabajadores independientes.

Gustavo Picado – Gerente financiero CCSS

Hay novedades, según comentó Picado.

Gustavo Picado – Gerente financiero CCSS

Para patronos y trabajadores independientes morosos, pueden suscribir un acuerdo de pago.

En el caso de trabajadores independientes y patronos físicos, la CCSS tiene habilitado en su página Web, la Oficina Virtual (https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/), que da la opción de hacer este trámite en línea, sin necesidad de acudir a una oficina de la institución.

También se habilitó el correo electrónico [email protected], en el cual personal de la CCSS podrá brindar mayores detalles o bien, para quienes deseen acudir presencialmente, considerando todas las medidas sanitarias vigentes, se cuenta con las distintas plataformas de servicio en las sucursales en todo el país.

Estas son las ocho medidas aprobadas por la CCSS que estarán vigentes hasta el 30 de junio del 2023.

1. Tasa de interés: La tasa de interés que se aplicará es la Tasa básica Pasiva del Banco Central de Costa Rica más 1 (uno) punto porcentual.

2. Plazo máximo de los acuerdos de pago: Se mantiene el plazo máximo de 5 años.  En el caso de los arreglos de pago, el plazo máximo será a quince años cuando la garantía es una hipoteca en primer grado y para el resto de las garantías a ocho años.

3. Porcentaje del pago inicial para los trabajadores independientes: El pago inicial se mantiene en un rango entre el 5% y el 20% del monto adecuado, según el plazo del convenio de pago.

4. Plazo para el pago de cuotas de convenios de pago con atraso: El deudor contará con 90 días para poner su operación al día.

5. Se mantiene la inclusión de los gastos de formalización como parte del acuerdo de pago en deudas menores a ¢1 millón: Para formalizar cualquier acuerdo de pago, el deudor debe pagar a la CCSS, gastos de formalización por la suma de ¢50.938 (cincuenta mil novecientos treinta y ocho colones).

6. Pago único de intereses en convenios de pago: Para esta modalidad de pago se mantiene el plazo de pago de 2 años, lo anterior permite al deudor en los primeros dos años, mantener un pago mínimo que restaría presión a su flujo de caja; además, considerando que el plazo de pago de la deuda se amplió y la tasa de interés se redujo, la cuota mensual a partir del tercer año también genera una disminución significativa.

7. Se estandariza el porcentaje amortizado para readecuaciones de convenios de pago: Las readecuaciones de convenios de pago disponen como requisito, que se haya pagado un porcentaje del monto principal del acuerdo vigente. Se estableció un único porcentaje del 10% sobre el monto adecuado para las tres readecuaciones establecidas. Además, hasta el 31 de agosto del 2022, los patronos y trabajadores independientes podrán acceder a una cuarta readecuación del convenio del pago.

8. Porcentaje de cobertura de los fiadores en arreglos de pago con garantía fiduciaria: Se mantiene en un 12%.  

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