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Juzgado: Expresidente y exministro no cometieron delito en nombramiento

by Alejandro Arley

Fiscalía solicitó sobreseimiento definitivo a favor de ambos y Juzgado acogió la petición. Los hechos se remontan a octubre del 2021.

El caso está relacionado con la designación que hicieron el expresidente Carlos Alvarado y el exjerarca del MOPT, Rodolfo Méndez, de un juez propietario en el Tribunal Administrativo de Transporte.

La Fiscalía investigó si hubo o no una irregularidad con el nombramiento en el puesto de una persona, de apellido Vargas, pues se alegaba un presunto incumplimiento de requisito en cuanto a la experiencia en el campo del transporte público.

En el proceso, se determinó que Alvarado y Méndez actuaron de acuerdo con sus funciones al hacer la designación. Correspondía a otros funcionarios verificar los atestados del postulante y que cumpliera con requisitos.

De acuerdo con la solicitud de Fiscalía al Juzgado, a criterio de la Dirección de Gestión Institucional de Recursos Humanos, Vargas cumplía con las condiciones.

También, el documento refiere que Vargas fue director jurídico del MOPT y miembro de la junta directiva de Conavi, “por lo que se podría indicar que tiene la experiencia requerida para el puesto al tener que resolver asuntos de carácter jurídico administrativo en materia de Derecho Público y Administrativo”.

De esta forma, el Ministerio Público solicitó un sobreseimiento definitivo para Alvarado y Méndez ante el Juzgado Penal de Hacienda.

Un sobreseimiento es cuando se finaliza el proceso judicial por varios motivos, entre ellos que los hechos denunciados no constituyen delito.  

Rodolfo Brenes y Roger Guevara,  abogados del expresidente Alvarado y Ewald Acuña, defensor del exministro Méndez, confirmaron que el Juzgado acogió la solicitud de la Fiscalía y dictó el sobreseimiento definitivo. Con esta decisión, el asunto no tiene que ir a juicio.

“Esta es una más de las denuncias temerarias que se plantearon en contra de don Carlos Alvarado Quesada mientras fungía como Presidente de la República, en un uso abusivo e indebido del derecho penal como mecanismo para criminalizar la política, porque se ponen denuncias infundadas por el mero hecho de estar en desacuerdo con decisiones políticas que son legales”, expresó Brenes.

“El Ministerio Público hizo una detallada investigación y determinó que los hechos denunciados son atípicos porque la persona que se nombró para ese puesto, sí reunía los requisitos que exigía la ley”, indicó Acuña.

El diccionario del Poder Judicial define atípico de la siguiente forma:

“En derecho penal y dentro de la teoría del delito, conducta que no se adecua a lo descrito como punible (sancionable) en la norma penal”.

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