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¿Por qué debe repetirse el juicio por tragedia en río de Quepos? Fiscalía da dos razones

by Alejandro Arley

Se trata del caso de cuatro turistas estadounidenses y un guía nacional que fallecieron ahogados en octubre del 2018, cuando realizaban un tour de rafting en el río Naranjo.

El Tribunal de Apelación de Sentencia, del III Circuito Judicial de Alajuela, anuló íntegramente lo resuelto en el juicio que se realizó el año pasado contra cuatro personas y ordenó que se haga uno nuevo.

La Fiscalía acusó a un operador turístico de apellido Pessoa y dos guías, de apellido Contreras, por presuntamente realizar el tour de rafting a pesar de que las condiciones del río y el tiempo eran peligrosas.

Además, la representación legal de las familias de los turistas, presentó una querella contra los implicados e incluyó a una cuarta persona de apellido Townsend a quien se atribuyó haber recomendado y contactado a la empresa a cargo del paseo de aventura.

El 31 de agosto del 2021, el Tribunal Penal de Quepos, por dudas, absolvió de responsabilidad al operador y a los guías turísticos. A Townsend lo absolvió por certeza.    

En la tragedia por el tour de rafting en Quepos murieron los estadounidenses los estadounidenses Ernesto Sierra Estrada  de 25 años, Jorge Tomás Caso de 22, Sergio Luis Lorenzo de 32 y Andrés Denis de 30 años. Sus familias son de origen latino. También falleció el guía costarricense Kevin Thompson Reid de 45 años.

¿Por qué se debe repetir?

Tanto la Fiscalía como la parte querellante apelaron el fallo del juicio que se realizó en Tribunales de San José por razones de logística y espacio.

Nueve meses después, el Tribunal de Apelación emitió su resolución. La Fiscalía citó los dos motivos principales por los que se ordenó el nuevo juicio.

“Señaló que el fallo del Tribunal Penal muestra un vicio de incongruencia y es contradictorio. Asimismo, mencionó la omisión del Tribunal de Juicio de valorar prueba que se evacuó en el debate”.

El abogado Daniel Soley, defensor de Townsend, dijo que el Tribunal de Apelaciones consideró que la estructura de la sentencia tenía “vicios de forma que la hacían contradictoria, por lo que ordenó anularla para que se realice un nuevo juicio, un reenvío”. También detectó falta de análisis probatorio.

Soley lamentó que la forma en que el Tribunal redactó la sentencia integral haya causado que se anulara lo resuelto en el juicio.

“Lo que se dio en dos meses de debate, luego de tres años de los hechos, fue la clara demostración de que lo ocurrido fue una tragedia, un hecho de la naturaleza y del por qué no existía responsabilidad penal de las personas acusadas o querelladas”, expresó.   

“En el caso de mi representado, absuelto por certeza, incluso se demostró que solo fue un enlace de comunicación para contactar a una empresa que los jóvenes (fallecidos) fueron los que la quisieron contratar”, añadió

El abogado afirmó que el Tribunal de Juicio no plasmó en la sentencia integral el resultado que había comunicado de forma oral cuando dictó la sentencia.  

En cuanto a su cliente, explicó que la decisión le generó desconcierto e incertidumbre luego de que obtuviera el reconocimiento de que no era responsable de ningún hecho delictivo.

Espera nuevamente obtener un resultado positivo. “Su familia es muy creyente y el confía en la justicia costarricense”, resaltó el defensor.

“Era un fallo deficiente”

La abogada y actual diputada, Gloria Navas, participó en el juicio como la representante legal de las familias de los turistas fallecidos.

La posición de Navas durante el juicio fue que, debido a las condiciones del tiempo y el río, era más que previsible que hacer un tour de aventura implicaba el riego de un accidente grave y el peligro de muerte.

Navas dijo a Noticias Columbia que la sentencia, que absolvió a los implicados en la causa, tenía incongruencias que el Tribunal de Apelación reafirmó.

“Porque por un lado daba por acreditados los hechos de la querella y los hechos de la acción civil resarcitoria, como bien probados, pero después venían razonamientos contradiciendo su propia conclusión y diciendo que los hechos no fueron probados. Entonces desde ahí arrancamos nosotros las impugnaciones a los efectos de demostrar que el fallo era totalmente contradictorio y violatorio del debido proceso”, comentó Navas.

La abogada expresó que fue un fallo “deficiente”. Citó como ejemplo, que en la resolución del juicio se utiliza la declaración de una persona para fundamentar el criterio del Tribunal pero no se analizó cuáles elementos sirvieron de ese testimonio.  

La legisladora comentó que si hay un nuevo juicio en el período en que ella está en la Asamblea Legislativa, no tendría impedimento legal para atender el caso como abogada. Sin embargo, es una decisión que debe tomar más adelante y que pasa por conversar con las familias que representaba.

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